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Derecho de Gentes: La Justicia en Tus manos

Por: PEQUIVEN 88.7 FM El sonido de la Revolución
Todos los viernes de 10:00am a 12:00m

Es un espacio radial que se propone explicar y orientar en lenguaje sencillo y claro el marco legal y jurídico vigente y nuevo en la República Bolivariana de Venezuela así como su relación con la vida de los usuarios, como la prevención sobre las manipulaciones y tergiversaciones de los poderes mediáticos-políticos oposicionistas.

Esperamos exponer de una forma participativa con invitados conocedores como Profesores Universitarios, Diputados, Concejales, Líderes comunitarios, Estudiantes y con el pueblo empoderado asumiendo las leyes como instrumentos útiles en la vida cotidiana que genere una dinámica social más justa y humana.

Comunícate con:
Derecho de Gentes por:
PEQUIVEN 88.7 FM El Sonido de la Revolución


Móvil: 0416-4618336 José R. Rivero.
Móvil: 0424-6267676 Raúl D. García.

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¿Por qué Derecho de Gentes, la justicia en tus manos…?



El propósito de brindar información con honestidad profesional nos ha inspirado a dar figura a Derecho de Gentes, la justicia en tus manos…

En este espacio podrás disfrutar de informaciones de nuestro quehacer: regional, nacional e internacional. A través de diferentes secciones que permiten satisfacer las necesidades informativas de los usuarios.


Todos los viernes, desde las 10 AM abordaremos con honestidad profesional, los sucesos más relevantes que nos impactan como sociedad. Igualmente, disfrutarás de trabajos concebidos bajos los géneros periodísticos más utilizados en la contemporaneidad.

Así entonces, los invitamos a encontrarnos todas las semanas en este espacio para disfrutar de los análisis y opiniones de José Rafael Rivero y Raúl García en Drecho de Gentes, la justicia en tus manos… Por la señal de Pequivén la 88.7 FM.


¿Qué es el Derecho de Gentes (Ius Gentium)?



El Ius Gentium, tuvo génesis en el Derecho Romano vigente en Roma, desde sus orígenes hasta comienzos del siglo VI de nuestra era, es decir, la compilación de leyes y jurisprudencia romanas efectuadas en el siglo VI de la era cristiana por el emperador Justiniano, conjuntamente con la legislación propia de este soberano.


El Derecho de Gentes, que en latín se concibe, Ius Gentium, es el derecho que va desde la segunda guerra púnica hasta Alejandro Severo. Es la época de las grandes conquistas, y por tanto, de relaciones comerciales muchos más vastas.


La familia se debilita y aparecen una serie de institutos y correctivos para suavizar la rigidez y formalismo del derecho antiguo. El Derecho Honorario, obra del Pretor, alcanza en esta época su máximo esplendor y es la expresión más característica de este período.


El Derecho Privado, en la antigua Roma, estaba dividido en las Instituciones, en tres partes: Derecho Natural (Ius Naturale), Derecho de Gentes (Ius Gentium) y Derecho Civil (Ius Civile).


En las Institutas de Gayo, se establece la distinción entre el Ius Civile y el Ius Gentium. Así, en dichas Institutas se define el Derecho Civil como el derecho propio de la ciudad, el derecho que cada pueblo establece para sí. En cambio, el derecho común de todos los hombres, el derecho que usan todas las naciones, se llama, Derecho de Gentes, Ius Gentium.

En resumen, de acuerdo con las ideas expuestas, el Derecho Civil es el derecho que procede de la voluntad del pueblo y es sólo aplicable a los ciudadanos romanos; el Derecho de Gentes es el derecho común a todos los pueblos y, por tanto, aplicable a ciudadanos y extranjeros.


Fuente:
CARMONA URDANETA, WILMER ALEJANDRO:
Manual de Derecho Romano. (McGraw-Hill, Caracas, 1998)